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Impuestos

Declaración anual del ISR: formulario y fecha límite

  • 3 min de lectura
  • 4 pasos
  • Actualizada el

El ISR es anual. Esta guía resume el caso de las personas jurídicas (código 103) con lo que publica el SAR; si usted es persona natural, el formulario es otro y debe consultarlo.

La fecha

El período normal del ISR va del 1 de enero al 31 de diciembre. Todo contribuyente debe presentar, del 1 de enero al 30 de abril o el siguiente día hábil de cada año, la declaración jurada de las rentas del año anterior (Ley del ISR, Art. 27 y 28, citados por el SAR). Quien tenga un período fiscal especial debe notificarlo antes por escrito al SAR.

El formulario de personas jurídicas

Es la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, Activo Neto y Aportación Solidaria, Persona Jurídica (código 103), determinativa y solo por la Oficina Virtual. El SAR recomienda presentar antes el Informe de Estados Financieros (código 535), porque la obligación de presentar la declaración empieza con ese informe.

Paso a paso

  1. Presente primero el informe de estados financieros (código 535), si le corresponde.
  2. En la Oficina Virtual, abra Declaraciones, Pendientes, y filtre por el código 103, tipo Determinativa y el período fiscal.
  3. Pulse Realizar y complete las secciones: A (cálculo del ISR), B (datos informativos), C (aportación solidaria), D (activo total neto), E (créditos) y F (resumen).
  4. Presente, guarde el acuse y pague con el boletín de pago o en línea.

Las cifras de esta declaración las prepara su contador. Para personas naturales existe la declaración de código 102; consulte su guía en el SAR.

Después de declarar

Tras su primera declaración anual con impuesto a pagar podrá pedir la constancia de pagos a cuenta. Ponga la fecha en su calendario de obligaciones.

Siga leyendo

Fuentes

  1. Ayuda: Declaración Jurada del ISR, Activo Neto y Aportación Solidaria, Persona Jurídica (código 103), SAR (agosto 2026)
  2. Preguntas frecuentes, SAR
  3. Oficina Virtual del SAR

Confirme los detalles con su contador o con el SAR (2216-5800). Esta guía es información general, no asesoría fiscal personalizada. Los trámites y las fechas pueden cambiar: la fuente final es el SAR.